This version (16/12/2024 10:47) is a draft.
This is an old revision of the document!
Manual de procedimientos internos técnicos
Procedimiento para la calificación y evaluación del personal Técnico Aeronáutico de Mantenimiento
MPIT-DSAAC-GAC-124
Revisión 04
| No. de Revisión | Emitido por | Revisado por | Autorizado por |
|---|---|---|---|
| 04 | César Castillo Quintos Gerente de Aseguramiento de Calidad | Luis Rey Tovar Gerente de Planeación de la Producción y Control de Calidad | Lucía del Sol López Rueda Director de Seguridad Aérea, Aseguramiento de la Calidad y Capacitación |
| No. de Revisión | Fecha de la Revisión | Motivo de la Revisión |
|---|---|---|
| 01 | Marzo 2021 | Se agregó al procedimiento los requisitos para calificación de Técnico de Mantenimiento, Inspector, y personal que retorna aeronave a servicio |
| 02 | Abril 2022 | Se actualizo procedimiento para calificación y recalificación de Técnico de Mantenimiento, Inspector, y personal que retorna aeronave a servicio |
| 03 | Enero 2023 | Se actualiza criterios para la calificación de técnicos, se emite formato AC-013, se revisa y actualiza diagrama de flujo del procedimiento, criterios para perder calificación. |
| 04 | Mayo 2024 | Se actualiza nombre de la persona que autoriza el procedimiento Director de Seguridad Aérea, Se actualiza criterios para habilitación de acuerdo a rol del personal técnico, se hace la revisión 1 al formato AC013 Carta Calificación (se incluye categoría puesto) |
| 05 | Diciembre 2024 | Se clarifica la calificación de personal técnico aeronáutico, de acuerdo a perfil de puesto. Se agrega la calificación para la habilitación de corrida de motor de acuerdo a lo establecido en la CO AV-43.2/07 |
El responsable de editar, revisar y actualizar este procedimiento es el Gerente de Aseguramiento de la Calidad
Este procedimiento será revisado cuando exista cambios en la organización, o bien, a causa de la generación o actualización de la regulación aplicable.
Liberación de mantenimiento o retorno a servicio: Procedimiento mediante el cual se declara en el libro de bitácora de la aeronave o documentos correspondientes, que el trabajo realizado a la aeronave, componente y/o accesorio, cumple con los requisitos técnicos indicados por la entidad responsable del diseño de tipo y/o por la Autoridad Aeronáutica, y que puede regresar a su operación normal.
Calificación de personal: Asegurar que el personal cuenta con la competencia, formación, conocimiento, experiencia para ejecutar correctamente las funciones correspondientes a un nivel particular.
Cualificar: Dar a alguien formación especializada para que desempeñe una actividad profesional o un trabajo específico. (Ref.: Real Academia Española).
MGMyPTA: Manual General de Mantenimiento y Procedimientos del Taller Aeronáutico.
RII (Required Inspection Item): Actividades que Requieren Inspección.
OJT (On the Job Training): Entrenamiento en el Lugar de Trabajo.
DSAAC&C: Dirección de Seguridad Aérea, Aseguramiento de la Calidad y Capacitación
Asegurar que el personal técnico de mantenimiento aeronáutico se encuentre calificado para efectuar trabajos de mantenimiento en la flota de TAR Aerolíneas para garantizar la aeronavegabilidad de las Aeronaves a través de la seguridad y calidad de las operaciones de mantenimiento.
Este procedimiento es aplicable al personal técnico de mantenimiento aeronáutico de TAR.
Es responsable de:
* Programa la capacitación requerida para el técnico o inspector. * Proporciona los certificados de capacitación correspondiente a Aseguramiento de Calidad.
4.1 Procedimiento para la calificación y evaluación del personal Técnico Aeronáutico de Mantenimiento.
TAR Aerolíneas a través del Gerente de Aseguramiento de Calidad o su designado, emite la carta de calificación a través del formato AC-013, lo anterior con la evaluación y autorización del Gerente de Planeación de la Producción y Control de Calidad al personal técnico aeronáutico para efectuar trabajos de mantenimiento y liberación de mantenimiento (Retorno a Servicio), por lo que el personal técnico debe cumplir con lo siguiente:
El alcance de la habilitación dependerá del tipo de licencia técnica otorgada por la Autoridad Aeronáutica AFAC.
4.2 Retiro de Carta de Calificación al Personal Técnico de Mantenimiento.
El personal técnico de mantenimiento, podrá perder su Carta de Calificación (AC-013), por cualquiera de los siguientes motivos:
Nota: Para poder recuperar su carta calificación, el personal Técnico de Mantenimiento, deberá cubrir lo solicitado en el “Procedimiento para la calificación y evaluación del personal Técnico Aeronáutico de Mantenimiento”
4.3 Criterio para la Calificación del Personal Técnico de Mantenimiento.
TAR Aerolíneas a través del Gerente de Aseguramiento de Calidad o su designado, emite la carta calificación al personal técnico aeronáutico de acuerdo a lo siguiente:
La Carta de Calificación (AC-013) puede abarcar todas las capacidades de trabajos que TAR Aerolíneas efectúa, esto previa autorización y evaluación del técnico por parte del Gerente de Mantenimiento / Gerente de Planeación de la Producción y Control de Calidad / Jefe de Mantenimiento línea, tales como pero no limitadas a:
Los criterios para la asignación del alcance de trabajos de la Carta de Calificación (AC-013) los autoriza el Gerente de Planeación de la Producción y Control de Calidad / Jefe de Mantenimiento línea, en base al formato AC-011 Evaluación en el trabajo.
La vigencia de la AC-013 Carta Calificación, permanecerá con la vigencia de la licencia técnica del personal.
Para los técnicos calificados previo a la entrada en vigor de la revisión 4 de este procedimiento, su calificación continuará vigente y será válido el proceso y formato de calificación anterior.
AC-013 Carta Calificación Rev. 1
ac-011_-_evaluacion_personal.pdf
| AVISO DE CONFIDENCIALIDAD Y ALCANCE LEGAL La información, organización, gráficas, diseño, compilación, know-how y otros aspectos de los elementos contenidos en este documento, incluyendo la plataforma de Intranet, son de carácter confidencial por lo que queda estrictamente prohibida por ley su copia, reproducción por cualquier medio, divulgación verbal o escrito y/o distribución total o parcial, sin autorización expresa de Link Conexión Aérea S.A. de C.V. conocida bajo el nombre comercial de TAR Aerolíneas. La publicación o transmisión de información o documentos contenidos en la intranet de TAR Aerolíneas no constituye una renuncia de cualquier derecho relacionado con tales documentos o información. En este sentido, TAR Aerolíneas hace expresa reserva del ejercicio de todas las acciones, tanto civiles como penales, destinadas al resguardo de sus legítimos derechos. |