TAR MÉXICO

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mpit:101
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Manual de procedimientos internos técnicos
Plan Interno de Respuesta en Emergencia para Estaciones
MPIT-DSAAC-GSA-101
Revisión 6

Plan Interno de Respuesta en Emergencia para Estaciones

1. Control

1.1. Tabla de autorizaciones

No. de Revisión Emitido por Revisado por Autorizado por
6 Alejandro Bonilla / Gerente de Seguridad Aérea Jose Antonio Duran / Gerente de Aeropuertos Lucia del Sol López / Directora de Seguridad Aérea y Aseguramiento de Calidad

1.2. Registro de revisiones

No. de revisión Fecha Motivo de la revisión
Original Febrero 2019 Edición Original
1 Febrero 2020 Actualización de puestos
2 Octubre 2022 Actualización de personal y directorios
3 Junio 2023 Actualización función de estación
4 Diciembre 2024 Actualización Posiciones
5 Junio 2025 Actualización Posiciones y nomenclaturas
6 Octubre 2025 Actualización de procedimientos y posiciones

1.3. Procedimiento de revisión, actualización, autorización y difusión del PIRE

En caso de que este procedimiento y/o su Anexo 1 requiera una actualización, el representante de la estación informará al Gerente de Aeropuertos, este último será el responsable de enviar al Gerente de Seguridad Aérea la información que se desee actualizar. El Gerente de Seguridad Aérea será el responsable de la revisión del cambio y posteriormente deberá enviárselo al Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de Calidad para su aprobación. En caso de existir alguna modificación de procedimientos en alguna estación en particular, el PIRE deberá ser revisado por el Gerente de Aeropuerto previo a la revisión por parte de la Gerencia de Seguridad Aérea.

Nota: La información contenida en el Anexo 1, deberá ser periódicamente actualizada, para ello, la Gerencia de Seguridad Aérea enviará, por lo menos una vez a año a la Gerencia de Aeropuertos una solicitud vía correo electrónico donde se requiera la actualización del Anexo 1, de ser el caso.

Cuando una Estación requiera por alguna condición en particular un ajuste o adaptación en los procedimientos de respuesta en emergencia descritos en este PIRE General, dichas adaptaciones serán incluidas como un Anexo 2 a este documento.

El Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de Calidad es el responsable de autorizar el PIRE de la estación y una vez que este sea autorizado, se enviará vía Bitrix y correo electrónico a las personas correspondientes.

Es responsabilidad del Gerente de Aeropuerto o de quien el asigne, difundir el contenido del PIRE que corresponda a su estación.

Este Plan Interno de Respuesta en Emergencia para Estaciones cumple y se complementa con el Manual de Procedimientos en Emergencia de TAR México aprobado por la Agencia Federal de Aviación Civil.

1.4. Lista de distribución

  1. Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de Calidad
  2. Director de Operaciones
  3. Gerente de Aseguramiento de Calidad
  4. Gerente de Seguridad Aérea
  5. Encargado de Estación/Gerentes de Aeropuertos
  6. Personal de la Estación

2. Contenido

2.1. Definiciones y acrónimos

ALERTA VERDE. Situación en la que existe temor por la seguridad de una aeronave y de sus ocupantes, así como de las instalaciones y / o de las operaciones.

ALERTA ÁMBAR. Situación en la que existe duda acerca de la seguridad de una aeronave y de sus ocupantes, así como de instalaciones y / o de las operaciones.

ALERTA ROJA. Situación en la cual existen motivos justificados para creer que una aeronave y sus ocupantes, instalaciones y / o las operaciones están amenazados por un peligro grave o inminente y necesitan auxilio inmediato. Situación en la que se confirma un incidente grave o accidente.

Comité Permanente de Emergencia (CPE). Es el equipo constituido por los ejecutivos de la empresa, responsable de controlar y coordinar en forma centralizada las acciones de TAR México para la atención de situaciones de emergencia que tengan efecto en nuestras operaciones, con la finalidad de procurar la salvaguardia de los pasajeros y personal afectado, así como garantizar la transición ordenada y eficiente de las operaciones de emergencia a las operaciones normales.

Grupo Móvil de Respuesta (GMR). Es el equipo constituido por los representantes del Comité Permanente de Emergencia responsable de ejecutar, controlar y coordinar en sitio las acciones de TAR México para la atención de situaciones de emergencia que tengan efecto en nuestras operaciones, con la finalidad de procurar la salvaguardia de los pasajeros y personal afectado, así como garantizar la transición ordenada y eficiente de las operaciones de emergencia a las operaciones normales.

Centro de Administración de Crisis (CAC). Es un espacio con acceso controlado en donde se reúnen los integrantes del CPE con funciones estratégicas para la administración de una emergencia.

2.2. Objetivo

El Plan Interno de Respuesta en Emergencia para Estaciones está basado en el Manual de Procedimientos en Emergencia de TAR México y su objetivo es que el personal de las Estaciones donde opera regularmente TAR México, se encuentre preparado para responder adecuadamente ante una situación de emergencia que ponga en riesgo a las personas, instalaciones y/o aeronaves.

Todo el personal de la estaciones donde opere TAR México, que tengan participación en la atención de una emergencia deben apegarse a lo establecido en este plan interno, en el Manual de Procedimientos en Emergencia de TAR México y principalmente, en el Plan de Emergencia del Aeropuerto, realizando cualquier actividad que se le encomiende de manera profesional, sensible y discreta.

2.3. Introducción

La prioridad de TAR México en una emergencia es proporcionar asistencia organizada a los pasajeros, familiares y personal que resulte afectado a consecuencia del evento, asegurar la continuidad del negocio a través de una definición clara de la delegación de funciones y al mismo tiempo mantener la continuidad de las operaciones de manera segura.

Cuando se presente una situación o evento que vulnere la seguridad operacional, el Centro de Control Operacional (CCO), en coordinación con el Director de Operaciones y el Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de Calidad, calificarán el nivel de alerta de que se trate, pudiendo ser ALERTA VERDE, ALERTA ÁMBAR o ALERTA ROJA. Una vez determinado el nivel de alerta, el CCO enviará un mensaje a los integrantes del Comité Permanente de Emergencia, según corresponda.

2.4. Referencias

2.5. Teléfono de emergencia

Cualquier persona que tenga conocimiento sobre alguna situación de emergencia para las operaciones de TAR México, debe comunicarlo inmediatamente al Centro de Control Operacional a través del teléfono destinado para ello.

(442) 229-3198
Exclusivo emergencias

La línea telefónica de emergencias debe ser utilizada de manera responsable, ya que cualquier uso indebido será sancionado.

2.6. Generalidades

Cada una de las estaciones donde opere TAR México deberá contar con personal que brinde de manera oportuna una atención adecuada de una emergencia. Para ello se han establecido diferentes actividades de atención inicial y de apoyo general al Grupo Movil de Respuesta (GMR) que deberán ser atendidas por el personal de la estación que tenga participación en la emergencia.

La participación del personal en la emergencia será designada por el Coordinador Local de Emergencia (CLE) de acuerdo a la capacidad y disponibilidad que se tenga del personal en la estación, así mismo en caso de que el Coordinador Local de Emergencia no este disponible, se designará un suplente para que éste lo represente y tome decisiones en ausencia del titular.

En ausencia del representante de la estación, el suplente tendrá todos los deberes y responsabilidades establecidas en el Manual de Procedimientos de Emergencia que le corresponden al representante de la estación.

Será el Representante de Estación los responsables de solicitar a la Administración de sus aeropuertos, una copia del Programa Local de Seguridad Aeroportuaria (PLSA), el cual contiene el Plan de Emergencia del Aeropuerto, siendo el documento que rige la actuación de todas las empresas y autoridades que operan en cada aeropuerto, esta plan deberá ser difundido a todo el personal de la Estación para su conocimiento.

Después de tener conocimiento de la emergencia, el representante de la estación o su suplente notificarán inmediatamente al CCO, a su personal, entidades y autoridades de acuerdo a lo siguiente:

2.6.1. Flujo de comunicaciones externas

2.6.2. Flujo de comunicaciones internas

2.7. Actividades del Representante de la Estación o su suplente

  1. Aislar el celular designado para establecer contacto exclusivo con el Centro de Control Operacional (CCO) y posteriormente con el Comité Permanente de Emergencia (CPE). Este será el único canal para cualquier comunicación referente a la emergencia.
  2. El Gerente de Aeropuerto podrá generar un grupo de Whatsapp para poder tener la comunicación con el Representante de Estación o su suplente, así mismo integrar a este grupo a personal que intervenga con la Emergencia y requiere estar enterado o proporcionando información.
  3. Trasladarse al Centro de Operaciones de Emergencia (COE) que se integre en el aeropuerto, y desde ahí será el canal primario de información hacia el Comité Permanente de Emergencia (CPE) de TAR México, se recomendable que sea apoyado con algún otra persona para el flujo de comunicación y necesidades que requieran.
  4. Avisar al Coordinador Local de Emergencia de la estación para preparar al personal para la atención de la emergencia, y para dictar las acciones que defina el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).
  5. Obtener y diseminar la información de su estación, y proporcionarla cuando sea necesario al Comité Permanente de Emergencia y al Grupo Móvil de Respuesta.
  6. Coordinar las necesidades de TAR México del CPE y/o GMR con las diferentes Autoridades y entidades a nivel local desde el Comité de Operaciones en Emergencia (COE) del aeropuerto.
  7. Recolectar toda la papelería de operaciones correspondientes al vuelo afectado (Plan de vuelo, remisión de combustible, Notams, peso y balance, etc), y coordinar cualquier solicitud de la misma con el (CPE).
  8. Llevar una bitácora para registrar todos los eventos relacionados con la emergencia.

En caso necesario y para contar con más personal en el aeropuerto, se puede considerar la necesidad de cerrar las oficinas de ventas (si aplica) para que todo el personal disponible se concentre en el aeropuerto y se ponga a disposición del representante de la estación para la atención de la emergencia en tanto llega el Grupo Móvil de Respuesta (GMR).

2.8. Actividades del Coordinador Local de Emergencia en la estación (CLE) o su suplente

  1. Verificar que el Representante de la Estación / Suplente se integre al COE establecido por el aeropuerto.
  2. Establecer un Centro de Reunión para concentrar a todo el personal disponible.
  3. Coordinar al personal disponible para el desempeño de las actividades en emergencia que instruya el (COE) y para brindar el apoyo al Grupo Móvil de Respuesta (GMR) cuando arribe al lugar.
  4. Coordinar la respuesta local a la emergencia y de ser posible, asegurar la continuidad de las operaciones en la estación (si aplica).
  5. Mantener estrecha comunicación con el representante de TAR México presente en el (COE) para cualquier necesidad.
  6. Establecer contacto y coordinación con el Líder del (GMR) en cuanto arribe a la Estación.

2.9. Actividades generales del Personal de la Estación a realizar durante una emergencia

El personal de la Estación (Anfitriones, ROTs, Trabajadores Generales, Operadores), deberán realizar las siguientes actividades a solicitud del Coordinador Local de la Emergencia:

  1. Si lo solicita el (COE), integrarse al Puesto de Mando Movil (PMM), a fin de mantener informado al Representante de la Estación, hasta ser relevado por los integrantes del Grupo Movil de Respuesta.
  2. Dirigirse a los mostradores de la empresa, para atender a las personas que se presenten, proporcionando la información autorizada por TAR México a través del Coordinador Local de la Emergencia, canalizando posteriormente la atención a los miembros del Grupo Móvil de Respuesta .
  3. Asegurar que todos los clientes ilesos cuenten con las amenidades, atención y comodidades necesarias mientras se presenta el Grupo Móvil de Respuesta.
  4. Brindar asistencia a la tripulación en lo que sea requerido, asegurando sean resguardados en un lugar seguro, alejados de pasajeros, familiares y la prensa.
  5. Resguardo de pertenencias de pasajeros una vez liberadas por las autoridades del aeropuerto.
  6. Apoyo general a los representantes del Grupo Móvil de Respuesta en las actividades que les sean requeridas.

2.10. Actividades generales en emergencia a realizar para estaciones de destino u origen (donde no ocurrió la emergencia)

En el caso de ser la estación de destino u origen de algún vuelo accidentado, se deberán realizar las siguientes funciones por parte del representante de la estación, una vez que el Gerente Regional de la estación de la notificación inicial:

  1. Activar al Coordinador Local de la Emergencia y comunicar a todo el personal de la estación respecto a la emergencia.
  2. Asignar personal en mostradores para brindar la información que el Coordinador Local de la Emergencia deberá proporcionar, previa coordinación con el Comité Permanente de Emergencia (CPE), para los familiares y/o amigos de los clientes del vuelo afectado.
  3. Mantener comunicación con el gerente regional para mantenerlo informado de la situación en la estación.

2.11. Actividades generales en emergencia a realizar para estaciones cercanas al lugar del accidente (Si aplica)

En el caso de ocurrir la emergencia o accidente en un lugar fuera de los aeropuertos o en un aeropuerto alterno donde TAR no cuente con personal de base, previa notificación del Comité Permanente de la Emergencia (CPE) a la estación más cercana a la emergencia, el representante de la estación y/o el coordinador local de emergencia deberán realizar las siguientes actividades:

  1. Notificar a todo el personal de la estación respecto a la emergencia.
  2. Coordinarse con el gerente regional para definir si sera necesario enviar personal de apoyo al lugar de la emergencia.

2.12. Declaraciones a los medios de comunicación

El único canal autorizado por TAR México para hacer declaraciones a los medios de comunicación y al público, es la Dirección General de TAR y las agencias contratadas para ese fin.

En caso de sufrir un accidente o incidente, queda terminantemente prohibido a todos los empleados de la empresa, hacer declaraciones, ya sea de palabra o por escrito, al público o a cualquier medio de comunicación.

Para mayor información, revise la Política de declaraciones a medios de comunicación y público en general contenida en el Manual de Procedimientos en Emergencia.

2.13. Directorios telefónicos

2.13.1. Directorio telefónico del CPE y GMR

2.13.2. Directorio telefónico del personal de la estación

- Anexo 1: Directorios del Plan Interno de Respuesta en Emergencia

2.13.3. Directorio de emergencia del Aeropuerto

- Anexo 1: Directorios del Plan Interno de Respuesta en Emergencia

2.14. Formatos

  • No aplican.

2.15. Documentos aplicables y/o anexos


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