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| Las habilidades físicas y los conocimientos de este personal, deben ser certificados por la Autoridad Aeroportuaria a través de una licencia similar a la del personal técnico aeronáutico de tierra. | Las habilidades físicas y los conocimientos de este personal, deben ser certificados por la Autoridad Aeroportuaria a través de una licencia similar a la del personal técnico aeronáutico de tierra. | ||
| La Autoridad Aeroportuaria podrá realizar investigaciones sobre los antecedentes laborales y criminales de este personal. | La Autoridad Aeroportuaria podrá realizar investigaciones sobre los antecedentes laborales y criminales de este personal. | ||
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| + | ===== - Perfil de revisor ===== | ||
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| + | NOMBRE DEL PUESTO: Revisor | ||
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| + | FUNCIÓN GENÉRICA: Efectuar la inspección y registro del equipaje de mano previo al abordaje de las aeronaves, para evitar que lleven armas o artículos prohibidos. | ||
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| + | ESCOLARIDAD: Bachillerato terminado | ||
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| + | EDAD: Mínima 18 años, máxima 40 | ||
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| + | SEXO: Indistinto | ||
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| + | EXPERIENCIA: No indispensable. | ||
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| + | APTITUDES: | ||
| + | Adaptabilidad, Cooperación, Coeficiente intelectual medio, Capacidad física, Tacto y diplomacia, Discreción, Trato al público, Capacidad de atención y concentración, Responsabilidad. Acatamiento a la autoridad. | ||
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| + | HABILIDADES\\ | ||
| + | FÍSICA: | ||
| + | - Deben estar en buen estado de salud física y mental. Pasar los exámenes Toxicológicos, Físicos y Psicológicos que se le practiquen. | ||
| + | - Deberán presentar un certificado médico de una institución reconocida. | ||
| + | - Capacidad visual igual o mejor que 20/60 en ambos ojos sin el uso de lentes, o igual o mejor de 20/20 en un ojo y 20/30 en el otro cuando use lentes. | ||
| + | - Es necesaria una adecuada percepción de los colores. | ||
| + | - La pérdida de audición en cada oído deberá ser menor 30 dB cuando sea probado con un audiograma para frecuencias inferiores a 2,000 Hz. | ||
| + | - Deberá ser capaz de comunicarse oralmente con claridad en momentos de crisis. | ||
| + | - Deberá ser capaz de oler adecuadamente. | ||
| + | - Demostrar su capacidad física mínima mediante una prueba para certificar que puede someter a un posible agresor que ponga en peligro los intereses del organismo o la integridad física de los usuarios del aeropuerto. | ||
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| + | CAPACIDAD MENTAL: Para solucionar problemas que se presenten en la revisión (inspección) y orientar a los clientes en base a las leyes y reglamentos que fundamentan su función. | ||
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| + | CONOCIMIENTOS: Experiencia laboral, Adiestramiento físico, Defensa personal, Primeros Auxilios, Relaciones humanas, Relaciones públicas, Inglés deseable. Estos conocimientos deberán ser proporcionados en un Centro de Capacitación Autorizado por la empresa prestadora del servicio y deberán ser comprobables al momento de que el revisor (inspector) entre en funciones. | ||
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| + | CAPACITACIÓN: | ||
| + | - Revisión (inspección) de clientes y equipaje, Legislación aeroportuaria, Reglamento de higiene y seguridad, Plan de Seguridad Aeroportuaria, preservación de la evidencia. | ||
| + | - Demostrará reconocer | ||
| + | - Armas de fuego | ||
| + | - Explosivos | ||
| + | - Dispositivos incendiarios | ||
| + | - Armas potenciales. | ||
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| + | Estos cursos serán impartidos por un centro autorizado de capacitación a través del Jefe de Seguridad del Aeropuerto o con instructores foráneos autorizados. El personal que no apruebe las evaluaciones deberá ser sustituido de inmediato por la empresa prestadora del servicio. | ||
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| + | CERTIFICACIÓN | ||
| + | Las habilidades físicas y los conocimientos de este personal, deben ser certificados por la Autoridad Aeroportuaria, a través de una licencia similar a la del personal técnico aeronáutico de tierra. | ||
| + | La Autoridad Aeroportuaria podrá realizar investigaciones sobre los antecedentes laborales y criminales de este personal. | ||
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