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mpia:090 [27/06/2023 09:43] ejmirafuentes |
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| - | ====== Procedimiento de levantamiento de Actas Administrativas ====== | + | ====== Procedimiento para el levantamiento de actas administrativas ====== |
| ===== - Control ===== | ===== - Control ===== | ||
| ==== - Tabla de Autorizaciones ==== | ==== - Tabla de Autorizaciones ==== | ||
| - | |< 100% 15% 37% 37% >| | + | {{tablelayout?colwidth=",,,225px"}} |
| - | + | ^ No. de Revisión ^ Emitido por ^ Revisado por ^ Autorizado por ^ | |
| - | + | | 01 | Erick Jiménez / Gerente de Recursos Humanos | Víctor Manuel Landa Reyes / Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de la Calidad | Ricardo Bastón/Director General | | |
| - | ^ No. de Revisión ^ Emitido por ^ Autorizado por ^ | + | | 02 | Erick Jiménez / Gerente de Recursos Humanos | Ignacio Vázquez / Director Jurídico | Ricardo Bastón/Director General | |
| - | | 01 | Erick Jiménez / Gerente de Recursos Humanos | Víctor Manuel Landa Reyes / Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de la Calidad | | + | |
| - | | 02 | Erick Jiménez / Gerente de Recursos Humanos | Víctor Manuel Landa Reyes / Director de Seguridad Aérea y Aseguramiento de la Calidad | | + | |
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| ==== - Criterio de la revisión ==== | ==== - Criterio de la revisión ==== | ||
| - | Este procedimiento será revisado cuando menos una vez al año a partir de su emisión, o antes si se cambia para mejorar el sistema administrativo de la organización, o bien, a causa de la generación o actualización de la regulación aplicable. | + | Este procedimiento será revisado cuando menos una vez al año a partir de su emisión o antes si requiere de alguna actualización de la regulación aplicable. |
| ==== - Lista de distribución ==== | ==== - Lista de distribución ==== | ||
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| ==== - Definiciones y acrónimos ==== | ==== - Definiciones y acrónimos ==== | ||
| - | **Acta Administrativa:** Documento que se elabora con la finalidad de señalar, dejar evidencia y/o sancionar hechos en los que el trabajador ha incurrido y que van en contra de la regulación normativa de la empresa.\\ | + | **Acta Administrativa:** Documento que señala y sanciona hechos en los que un colaborador ha incurrido y que van en contra de la normatividad vigente y políticas internas.\\ |
| **LFT:** Ley Federal del Trabajo.\\ | **LFT:** Ley Federal del Trabajo.\\ | ||
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| + | **RIT:** Reglamento Interior de Trabajo.\\ | ||
| ==== - Objetivo ==== | ==== - Objetivo ==== | ||
| - | Establecer los lineamientos y requisitos para la elaboración de Actas Administrativas y aplicación de sanciones. | + | Establecer el procedimiento para la atención de medidas disciplinarias y canalización de sanciones conforme al marco jurídico vigente. |
| ==== - Alcance ==== | ==== - Alcance ==== | ||
| - | El presente procedimiento es aplicable a todas las direcciones que por sus actividades requieran levantar actas administrativas a su personal. | + | El presente procedimiento es aplicable a todas las direcciones de la organización. |
| ==== - Generales ==== | ==== - Generales ==== | ||
| - | Antes de iniciar con las etapas del proceso de un acta administrativa, se validará la aplicación del protocolo disciplinario en sus primeras dos amonestaciones. | + | Antes de iniciar con las etapas del proceso de un acta administrativa, se validará la aplicación del protocolo disciplinario en sus primeras llamadas de atención, así como la evidencia que de ello derive. |
| - | Para la tención de reportes a casos que requieran el levantamiento de un acta administrativa, se contemplan las siguientes etapas:\\ | + | Para la atención de reportes a casos que requieran el levantamiento de un acta administrativa, se contemplan las siguientes etapas:\\ |
| - Reporte de caso.\\ | - Reporte de caso.\\ | ||
| - | - Investigación de caso.\\ | + | - Investigación.\\ |
| - | - Determinación de caso.\\ | + | - Determinación.\\ |
| - | - Acción correctiva de caso.\\ | + | - Acción correctiva.\\ |
| Cada etapa del proceso, será dirigida y supervisada por parte de Recursos Humanos. | Cada etapa del proceso, será dirigida y supervisada por parte de Recursos Humanos. | ||
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| ==== - Procedimiento ==== | ==== - Procedimiento ==== | ||
| - | <fs larger>**1.**</fs> En cuanto se tenga conocimiento que algún colaborador ha incurrido incumplimientos a normas, reglamentos y/o manuales, el superior jerárquico o Director de área deberá seguir el siguiente protocolo disciplinario:\\ | + | <fs larger>**1.**</fs> En cuanto se tenga conocimiento que algún colaborador ha incurrido en incumplimientos a normas, reglamentos y/o manuales, el superior jerárquico o Director de área deberá seguir el siguiente protocolo disciplinario:\\ |
| - | * Amonestación verbal: Llamada de atención verbal, donde se invita a colaborador a evitar la conducta de incumplimiento.\\ | + | * Amonestación verbal: Llamada de atención verbal, donde se invita al colaborador a eludir la conducta de incumplimiento. (Formato A)\\ |
| - | * Amonestación escrita: En caso de que el colaborador reincida en la conducta .\\ | + | * Amonestación escrita: En caso de que el colaborador reincida en la conducta de incumplimiento se llamará la atención de forma escrita, sin sancionar. (Formato B)\\ |
| + | * Reporte de caso: Canalización del caso con el área de Recursos Humanos para iniciar con proceso de levantamiento de acta administrativa.\\ | ||
| - | <fs larger>**2.**</fs> En caso de que el trabajador incurra por tercera ocasión en la omisión de la misma falta sin atender lo indicado, el superior jerárquico del trabajador deberá dejar constancia de lo sucedido, haciendo del conocimiento de manera inmediata y por escrito a la Gerencia de Recursos Humanos sobre los hechos.\\ | + | El orden de las fases del protocolo disciplinario puede modificarse, de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la falta, normatividad, antecedentes disciplinarios o políticas internas; Esto último debe ser consultado con el área de Recursos Humanos para su valoración y determinación.\\ |
| - | <fs larger>**3.**</fs> La Gerencia de Recursos Humanos procederá a citar al trabajador en las instalaciones corporativas.\\ | + | El reporte del caso, deberá ser enviado vía correo electrónico en un periodo no mayor a 5 días posteriores al incumplimiento, caso contrario se desechará el reporte. |
| - | Salvo casos excepcionales, la Gerencia de Recursos Humanos podrá solicitar apoyo del superior jerárquico, a efecto de que una vez asesorado por la Gerencia de Recursos Humanos proceda con el levantamiento del Acta correspondiente.\\ | + | |
| - | En dicha reunión deberán estar presentes:\\ | + | <fs larger>**2.**</fs> Una vez recibido el reporte de caso, el área de recursos humanos iniciará el proceso de investigación tomando en cuenta los siguientes criterios para la obtención de la información:\\ |
| - | * El trabajador.\\ | + | * Las declaraciones obtenidas deben contener lugar, fecha, hora, nombres, puestos y descripción detallada del incumplimiento.\\ |
| - | * El superior jerárquico del empleado.\\ | + | * En caso de existir testigos, deberán ser entrevistados para agregar su declaración al proceso.\\ |
| - | * El personal de Recursos Humanos.\\ | + | * Recabar evidencia que respalde los hechos, ya sean grabaciones de audio o video, fotografías, correos, mensajes de texto o cualquier otro documento que pruebe la veracidad del incumplimiento.\\ |
| - | * Dos testigos.\\ | + | |
| - | <fs larger>**4.**</fs> El Acta que se levante, deberá contener los siguientes elementos, los cuales están incluidos en el formato denominado “Acta Administrativa”:\\ | + | El área de recursos humanos podrá disponer de las herramientas de trabajo, información, cubículo y tiempo de jornada asignado al colaborador para avanzar en el proceso de investigación. |
| - | * Lugar.\\ | + | Una vez concluido el proceso de investigación, los datos obtenidos deberán ser integrados en un expediente digital, mismo que será enviado a la Dirección Jurídica en un periodo no mayor a 5 días posteriores de haber recibido el reporte de caso, para su análisis jurídico-laboral y determinación. |
| - | * Fecha.\\ | + | |
| - | * Hora.\\ | + | |
| - | * Nombre de todas las personas involucradas.\\ | + | |
| - | * Puesto que ocupan los personas involucradas.\\ | + | |
| - | * Descripción detallada de los hechos que dieron origen al Acta (incluir formato de acta).\\ | + | |
| - | * Manifestación hecha por el empleado.\\ | + | |
| - | * Firma de todas las personas involucradas.\\ | + | |
| - | <fs larger>**5.**</fs> Una vez cumplido lo anterior, la citación se desarrollará de la siguiente forma:\\ | + | <fs larger>**3.**</fs> Una vez obtenido el expediente digital por parte del área de Recursos Humanos, la Dirección jurídica, iniciará el proceso de análisis de la información, tomando en cuenta los siguientes criterios:\\ |
| - | - Se hará del conocimiento del empleado la razón de la cita, debiendo informar los hechos constitutivos de la falta detectada, mismos que se asentarán en el formato denominado “Acta Administrativa”.\\ | + | * Marco jurídico vigente. |
| - | - Una vez narrados los hechos, se concederá el uso de la voz al empleado para que manifieste lo que a su derecho convenga, solicitando escriba su manifestación en el espacio dispuesto para tal efecto en el Acta.\\ | + | * Comentarios del área, en caso de existir. |
| - | - Al finalizar la reunión, el Acta deberá ser firmada por todos los participantes, y para el caso en que el empleado se niegue a hacerlo, dicha situación se asentará al final del Acta.\\ | + | * Comentarios de Recursos Humanos, en caso de existir. |
| - | - El Acta deberá ser archivada dentro del expediente del empleado y será de uso exclusivo del departamento de Recursos Humanos.\\ | + | |
| + | La determinación de la sanción aplicable al colaborador solo podrá considerarse de acuerdo al siguiente listado:\\ | ||
| + | |||
| + | - Sin acción disciplinaria.\\ | ||
| + | - Firma de acta administrativa.\\ | ||
| + | - Suspensión de labores de hasta 8 días ininterrumpidos.\\ | ||
| + | - Terminación de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón.\\ | ||
| + | |||
| + | La determinación derivada de la investigación, será enviada al área de recursos humanos un periodo no mayor a 5 días posteriores de haber recibido el expediente digital; dicha determinación deberá anexarse al expediente de investigación, mismo que se integrará en el expediente del colaborador para ser considerado un antecedente disciplinario.\\ | ||
| + | |||
| + | Suponiendo que el proceso de investigación y determinación de caso, sugiera una acción correctiva para otro colaborador involucrado en el incumplimiento, la sanción aplicable se determinará en conjunto con el área que reporta.\\ | ||
| + | |||
| + | <fs larger>**4.**</fs> En caso de ser necesario, el levantamiento del acta administrativa será coordinado por el Área de Recursos Humanos, asegurando la presencia de los siguientes participantes:\\ | ||
| + | |||
| + | * Representante de la Dirección Jurídica.\\ | ||
| + | * Representante del Área de Recursos Humanos.\\ | ||
| + | * Colaborador a sancionar.\\ | ||
| + | * Testigos del incumplimiento, de no contar con ellos, Recursos Humanos designará a dos colaboradores.\\ | ||
| + | * Jefe inmediato.\\ | ||
| + | |||
| + | En la aplicación de la acción correctiva, no podrá desarrollarse sin la presencia de todos los participantes que se mencionan en el punto anterior, salvo eventualidades que requieran como mínimo a los representantes de la Dirección Jurídica y Recursos Humanos.\\ | ||
| + | |||
| + | En caso de que la sanción aplicable sea la terminación de la relación laboral, se deberá seguir la política desarrollada para este fin.\\ | ||
| + | |||
| + | El acta administrativa debidamente firmada se agregará al expediente digital y concluirá el proceso. | ||
| + | |||
| + | <fs larger>**5.**</fs> Bajo ninguna circunstancia este proceso podrá desarrollarse por áreas que no estén contempladas en esté procedimiento, caso contrario, podrá aplicarse un proceso administrativo con fundamento en el presente procedimiento, normatividad vigente y políticas internas.\\ | ||
| + | |||
| + | Las actas administrativas que sean aplicadas, sin tomar en cuenta en presente procedimiento, podrían carecer de validez jurídico-laboral y ser desechadas para procedimientos disciplinarios conforme a la LFT y RIT.\\ | ||
| ==== - Diagrama de Flujo ==== | ==== - Diagrama de Flujo ==== | ||
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| - | ^ Paso ^ Responsable ^ Descripción ^ | + | |
| - | | 1 | Superior jerárquico o Director de área | Invitará verbalmente al trabajador a apegarse a los lineamientos previamente informados, y en caso de reincidencia se le llamará la atención de manera escrita, invitándolo a corregir su conducta y acatar instrucciones. En una tercera ocasión, deberá hacerlo del conocimiento de la Gerencia de Recursos Humanos por escrito. | | + | |
| - | | 2 | Gerencia de Recursos Humanos | Citará al trabajador en las instalaciones corporativas para el levantamiento del Acta Administrativa, debiendo estar presentes: el trabajador, su superior jerárquico y dos testigos. | | + | ^ Paso ^ Responsable ^ Descripción ^ |
| - | | 3 | Gerencia de Recursos Humanos | Hará del conocimiento del trabajador los hechos que originaron el levantamiento del Acta, concediendo el uso de la voz al trabajador para que manifieste lo que a su derecho convenga, solicitando se deje constancia por escrito de su dicho. | | + | | 1 | Superior jerárquico o Director de área | Aplicará el protocolo disciplinario según sea el caso. | |
| - | | 4 | Asistentes a citación | Concluido el punto anterior, los asistentes firmarán el Acta, y para el caso en que el trabajador se niegue a hacerlo, se asentará al final del documento. | | + | | 2 | Recursos Humanos | Iniciará el proceso de investigación, creará un expediente digital del caso y enviará a la Dirección Jurídica la información. | |
| - | | 5 | Gerencia de Recursos Humanos | Archivará el Acta levantada en el expediente del trabajador. | | + | | 3 | Dirección Jurídica | Realizará el análisis jurídico laboral y deliberación del caso. | |
| + | | 4 | Recursos Humanos/Dirección jurídica | Realizarán el levantamiento del acta administrativa. | | ||
| ==== - Documentos aplicables y/o anexos ==== | ==== - Documentos aplicables y/o anexos ==== | ||