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Manual de procedimientos internos administrativos
Procedimiento para la Gestión Aeroportuaria, Regulatoria y de Proveedores para Operaciones de Fletamento
MPIA-DO-GA-XXX
Revisión Original
| Edición | Emitido por | Revisado por | Autorizado por |
|---|---|---|---|
| Original | Alejandro Bonilla / Gerente Corporativo de Aeropuertos | Luis Acosta / Director de Operaciones | Bernardo Moreno / Director Técnico |
| No. de Revisión | Fecha de la Revisión | Motivo de la Revisión |
|---|---|---|
| Original | Abril 2026 | Original |
Este procedimiento será revisado por el Gerente Corporativo de Aeropuertos, cuando sea requerido para mejorarlo o actualizarlo.
Establecer el procedimiento para la gestión de un vuelo de fletamento, asegurando:
Este procedimiento aplica a las operaciones de fletamento nacionales e internacionales que se prevea realizar.
N/A
*Fletamento*: Operación no regular contratada por un tercero, que se realiza al amparo de los permisos de fletamento nacional e internacional vigentes *Handling*: Servicios de asistencia en tierra *LPD*: Last Point of Departure (último punto de partida antes de entrar a Estados Unidos de América) *Viabilidad operativa*: Condiciones técnicas y logísticas para ejecutar la operación *Viabilidad económica*: Relación costo-beneficio de la operación
La Dirección Ejecutiva Comercial informa a la Dirección de Operaciones sobre la solicitud o pretención de realizar el vuelo de fletamento, indicando la ruta, fecha y hora estimadas y cualquier información relevante para el análisis de viabilidad.
El Director de Operaciones realiza una pre-evaluación de la viabilidad, considerando lo siguiente:
| Viabilidad técnica/operativa | Viabilidad económica |
|---|---|
| - Analizar aeropuertos de origen, destino y alternos - Validar la capacidad de la aeronave (permisos, especificaciones técnicas, pesos, etc.) - Identificar restricciones operativas o de mantenimiento - Identificar disponibilidad de proveedores de rampa | - Estimar costos preliminares |
Para realizar este análisis, podría ser necesario consultar a la Dirección de Mantenimiento, Dirección de Seguridad Aérea y/o a la Dirección de Finanzas, según se requiera.
Una vez realizado el análisis, la Dirección de Operaciones informará a la Dirección Ejecutiva Comercial sobre la viabilidad Técnica/Operativa del vuelo solicitado, así como de cualquier dificultad, consideración o restricción prevista, y la estimación de costos obtenida.
Con esa base, la Dirección Ejecutiva Comercial tomará la decisión final sobre la viabilidad de ejecutar la operación.
Una vez confirmada la operación, la Gerencia de Aeropuertos será responsable de realizar las gestiones aeroportuarias pertinentes, de acuerdo a lo siguiente (esquema genérico sujeto a particularidades del aeropuerto):
| Item | Entidad ante quien se gestiona | Lo puede ejecutar / gestionar TAR | Lo puede ejecutar / gestionar un tercero |
|---|---|---|---|
| SAE y TUA | Aeropuerto | SI | SI |
| Slot | Aeropuerto | SI | SI |
| Handling | Proveedor | NO | SI |
| Tráfico | TAR o proveedor | SI | SI |
| Seguridad contratada (solo en LPDs) | TAR o proveedor | SI | SI |
| Combustible | ASA | SI | NO |
| Navegación | SENEAM | SI | NO |
| Despacho | CCO | SI | NO |
| Permiso de operación y coordinación con Comandancia | AFAC | SI | SI |
La Gerencia de Aeropuertos, en conjunto con el Centro de Control Operacional serán responsables de la ejecución y el seguimiento de la operación.
La Gerencia de Aeropuertos, en conjunto con el Centro de Control Operacional serán responsables del resguardo de los registros completos del vuelo, de conformidad con el Procedimiento de control de documentos operacionales.
N/A
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