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Manual de procedimientos internos administrativos
Procedimiento para la Programación y Asistencia a Cursos de Capacitación
MPIA-DJCH-GRH-804
Revisión Original

Procedimiento para la Programación y Asistencia a Cursos de Capacitación

1. Control

1.1. Tabla de autorizaciones

No. de Revisión Emitido por Autorizado por
Original Lucía López / Directora de Seguridad Aérea Ignacio Vázquez Bravo / Director Ejecutivo de CH y RI

1.2. Registro de revisiones

No. de Revisión Fecha de la Revisión Motivo de la Revisión
Original Abril 2026 Edición Original

Esta política será revisada por la Dirección de Seguridad Aérea, cada vez que sea necesario conforme a las necesidades y disposiciones de la organización.

2. Contenido

2.1. Objetivo

Establecer el procedimiento para la programación, notificación y cumplimiento de la asistencia del personal a los cursos de capacitación.

2.2. Alcance

Aplica a todo el personal de la organización sujeto a capacitación técnica e interna.

2.3. Referencias

Manual de Capacitación y Adiestramiento

2.4. Responsabilidades

2.4.1. Área de Capacitación

El Área de Capacitación es responsable de:

2.4.2. Gerentes y Jefes de Área

Los Gerentes o Jefes de Área son responsables directos del cumplimiento de la asistencia de su personal a la capacitación, así como de la gestión operativa necesaria para garantizarlo, por lo que deberán:

2.4.3. Colaboradores

Los colaboradores son responsables de:

⚠️ La inasistencia injustificada a la capacitación será considerada un incumplimiento a sus obligaciones laborales.

2.5. Procedimiento

2.5.1. Programación de cursos

El Área de Capacitación programará los cursos conforme a:

2.5.2. Notificación

El Área de Capacitación notificará por correo electrónico a la Gerencia o Jefatura correspondiente:

Esta notificación deberá realizarse con al menos 7 días naturales de anticipación.

2.5.3. Solicitudes de reprogramación

En caso de existir alguna imposibilidad para asistir:

Las solicitudes fuera de este plazo no garantizan una reprogramación y serán consideradas como incumplimiento.

2.5.4. Asistencia del personal

El personal programado deberá:

La asistencia a la capacitación programada es obligatoria y forma parte de sus responsabilidades laborales.

La capacitación programada tiene carácter prioritario y deberá ser considerada dentro de la planeación operativa del área, evitando que vacaciones o descansos impidan la capacitación.

Las necesidades operacionales emergentes siempre tienen prioridad, por lo que las inasistencias o solicitudes de reprogramación derivadas de este motivo, NO serán consideradas como incumplimiento.

2.5.5. Inasistencias y seguimiento

En caso de inasistencia:

⚠️ La reincidencia en inasistencias o la falta de gestión por parte del Gerente o Jefe de Área será considerada un incumplimiento a sus responsabilidades de supervisión.

2.6. Documentos aplicables y/o anexos

N/A


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